miércoles, octubre 04, 2006

Artículo sobre Protocolo diplomático en la República Italiana

En en nº 7 de la revista EUPHOROS del Centro Asociado Campo de Gibraltar de la UNED, del año 2004, entre las páginas 261-292, nos encontramos con el artículo "Notas sobre protocolo diplomático en la República Italiana"(pdf), escrito por Mª Carmen Maximiano Castillejo y Salvador Bravo Jiménez.

El artículo habla sobre el protocolo y el ceremonial diplomático de Italia, explicando perfectamente sus funciones, pero también menciona el protocolo y el ceremonial que se emplea en otros ámbitos públicos de Italia, exponiendo en el amplio anexo listas de precedencias oficiales, condecoraciones y otros temas. Un magnífico artículo que nos aproxima al protocolo de otro país, en este caso al de la República Italiana, que presenta similitudes y también diferencias con el protocolo del Reino de España.



El resumen dice:
El protocolo adquiere una importancia cada vez mayor en un mundo globalizado. Este trabajo analiza el protocolo seguido en las relaciones diplomáticas entre España e Italia con especial análisis en el caso italiano para lo cual se lleva a cabo un estudio introductorio sobre el funcionamiento administrativo del Ministerio de Asuntos Exteriores y su proyección en España a través de la red de embajadas y consulados italianos.

El texto se estructura en los siguientes puntos:
1. Estructura Política de la República Italiana
2. El Ministerio de Asuntos Exteriores
3. Protocolo de España para la Misión Diplomática
4. El Protocolo en Italia: Ceremonial Diplomático de la República
En el cuadro de actuación de las competencias del Jefe del Ceremonial Diplomático de la República Italiana, el CDRI deberá actuar conforme a los siguientes objetivos:
• organización de las visitas de Estado, oficiales o reuniones de trabajo a Italia de personalidades o delegaciones extranjeras invitadas por el Presidente de la República, el Presidente del Consejo de Ministros o por el Ministro de Asuntos Exteriores así como la organización de sus visitas de estado o de trabajo a Estados extranjeros. Participación de las tres instituciones antes reseñadas en encuentros y reuniones internacionales.
Bajo este último aspecto se hace especial mención a la organización de las
actividades preparatorias del G/8 que tienen lugar regularmente en Italia;
• para las Embajadas y Consulados, expedición de exenciones fiscales, tarjetas de identidad, matrículas automovilísticas CD y CC, asistencia en caso de contenciosos, seguridad de las sedes y del personal de servicio en ellas, presentación al Presidente de la República de los nuevos embajadores, iniciativas especiales y culturales para el Cuerpo Diplomático acreditado;
• gestión de las propuestas de condecoración OMRI (Orden al Mérito de la República Italiana) y otras, a favor de los candidatos seleccionados por la red diplomática italiana, de los embajadores que finalizan su misión o de aquellos diplomáticos que han sido distinguidos por su trabajo durante la organización de visitas oficiales;
• cuidado y restauración del complejo de Villa Madama. En particular el CDRI continuará desarrollando acciones de estímulo ante la administración civil para que se lleven a cabo las labores necesarias para la correcta puesta en valor del citado complejo;
• mantener los contactos con los restantes órganos del Estado, en particular en materia de orden de precedencias de cargos institucionales y administrativos, con particular hincapié en revisiones o modificaciones, con el fin de asegurar una correcta colocación de los representantes del MAE, sea sobre un plano general, sea, en particular, en la predisposición de los actos de carácter internacional.

5. Procedimiento Ceremonial Diplomático Italiano
La normativa que regula la materia es el R.D. n. 221 del 16-12-1927 y la circular n.
92019/12840-16 de fecha 26-12-1950 de la Presidencia del Consejo de Ministros con sus sucesivas modificaciones.
Conviene tener presente que la Autoridad que no pueda asistir a una ceremonia oficial puede ser representada por persona que tenga similar rango o uno inmediatamente inferior.
Al «Representante» en este caso le vienen manifestados los honores reservados a la persona que representa, incluso si están presentes en la ceremonia, en calidad de invitados, personalidades de rango más elevado.
Los «altos cargos del Estado» se dividen en cuatro categorías como se ve en las tablas en anexo.
Las personalidades comprendidas en la primera categoría tendrán siempre precedencia con respecto a las de la segunda y así hasta la cuarta.
Existen consideraciones de carácter general que conviene siempre tener presentes como:
a) dar la precedencia: a las personas mayores con relación a las más jóvenes, a las personas pertenecientes a las órdenes religiosas, a la persona homenajeada, en igualdad de rango y grado, a los extranjeros y personas invitadas por primera vez;
b) tener presente que los miembros invitantes siguen a los invitados y que, en general, las Señoras sin acompañante toman el lugar según el rango del marido.
- En las ceremonias, en la mesa de la Presidencia, el lugar central viene ocupado por quien preside el acto, ubicándose a su derecha la personalidad más elevada investida de forma oficial; a la izquierda del Presidente, el Alcalde de la ciudad sede de la ceremonia.
De todas formas, en torno al Presidente se alternan a derecha e izquierda las personalidades en orden descendente en importancia.
- Para los lugares a sentarse en la sala, en primera fila, el lugar central de la derecha tendrá el número 1, el central de la izquierda el número 2 y si procede alternando la numeración a derecha e izquierda según el orden de precedencia del cargo.
- En las celebraciones, la invitación se dirige a la persona y no al cargo y como consecuencia, las precedencias tienen en cuenta el «rango personal», contrariamente a lo que ocurre en las ceremonias en las cuales la precedencia se atribuye en relación con el «cargo». La persona invitada a la celebración no puede delegar en otros su representación. En la mesa, el lugar de honor se sitúa a la derecha de quien preside la mesa.
Se alternan de derecha a izquierda los invitados según el orden decreciente de su
«rango». Cuando la mesa se disponga a dos caras, el lugar de honor se sitúa frente a quien ostenta la presidencia de la mesa.

6. La Jefatura del Ceremonial Diplomático de la República
El Jefe del CDRI, perteneciente al MAE, explica las funciones prescritas por la Ley 8 de Julio de 1950, no. 572 y atiende a todos los asuntos de ceremonial relativos a las relaciones internacionales.
El CDRI se articula en cuatro Departamentos que veremos a continuación.
-Asuntos generales del cuerpo diplomático
-Cuerpo consular, organizaciones internacionales y misiones especiales.
-Organización de visitas.
-Eventos internacionales de carácter multilateral.

+Anexo:
-Orden de precedencias entre los cargos del estado
-Precedencias entre otros cargos del estado
-Precedencias entre los cargos nacionales y religiosos
-Precedencias regionales
-Precedencias en la administración periférica del estado
-Precedencias indicativas en el ámbito de una provincia
-Precedencias en las fuerzas armadas
-Precedencias diocesanas
-Órdenes conmemorativas italianas
-Medallas y cruces de guerra al valor militar
-Croquis de presidencias y precedencias en mesas
-Imágenes de condecoraciones


Artículo sobre Protocolo y arte

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