martes, octubre 17, 2006

Reforma de la ley de sucesión nobiliaria

El Senado decidió hoy no tocar la propuesta de reformar la ley de sucesión de los títulos nobiliarios enviada por el Congreso. Una modificación por la que a partir de ahora los primogénitos «tienen igual derecho a suceder en las Grandezas de España y títulos nobiliarios, sin que pueda preferirse a las personas por razón de su sexo en el orden regular de llamamientos», con independencia de si es hombre o mujer.

De esta forma el varón ya no tendrá preferencia sobre la mujer en la sucesión de los títulos nobiliarios, que afectará a los recursos sin resolver a 27 julio del 2005, fecha en la que el PSOE, el PP y Coalición Canaria presentaron la propuesta en el Congreso.

El texto refrendado en la Cámara Alta por 210 votos a favor -socialistas, populares y canarios-, catorce abstenciones (Entesa, CiU y PNV) y ninguno en contra es el mismo que salió del Congreso, por lo que la ley pasará a publicarse directamente en el BOE sin más trámites parlamentarios y entrará en vigor veinte días después.

La ley establece que, a partir de ahora, los primogénitos «tienen igual derecho a suceder en las Grandezas de España y títulos nobiliarios, sin que pueda preferirse a las personas por razón de su sexo en el orden regular de llamamientos». Quedan excluidos los títulos de la Corona, los vinculados tradicionalmente al sucesor al trono y los de la Casa Real, que se regirán por su propia normativa y la Constitución.

En el texto se explica que la preferencia de los varones se basaba en reglas «ajustadas a los valores del Antiguo Régimen, pero incompatibles con la actual sociedad, en la que los mujeres participan plenamente en la vida política, económica, cultural y social». Además, añade que «las mujeres tienen el mismo derecho que los varones a realizar la función de representar simbólicamente a aquél de sus antepasados que, por sus méritos excepcionales, mereció ser agraciado por el Rey».

Hasta ahí, los nobles no objetan nada. El problema es el carácter retroactivo de la ley, algo que no se entiende, ya que no reviste un carácter especial. Además sólo existe un litigio en curso a 27 de julio de 2005, fecha a partir de la cual se quiere que se aplique la ley. Todos los demás litigios por este motivo llegaron hasta el Tribunal de Estrasburgo, donde perdieron. Incluso, existe una sentencia del Tribunal Constitucional de 1997 en la que se establecía la preferencia del varón en la sucesión nobiliaria. Por otra parte, los nobles advierten de que la aplicación de la norma tal y como está plantea la posibilidad de una cascada de pleitos.

Javier Gómez de Olea, miembro de Número de la Real Academia Matritense de Heráldica y Genealogía, cree que la ley «es confusa y está mal redactada», por lo que deja «un montón de puertas abiertas», y advierte que «ya veremos si esto no puede terminar en el Constitucional de alguna manera».

Por otra parte, la reforma de la ley de sucesión de títulos anula la discriminación por razón de sexo, pero mantiene la preferencia en la heredad por razón de edad. Que sea el primogénito el que sucede al titulado se considera por algunos nobles como una forma más de discriminación y, puestos a reformar la ley, se pide que la sucesión sea por designación del que ostenta en ese momento el título, no por la tradicional edad.

En la actualidad existen 2.789 títulos nobiliarios en manos de 2.199 personas, según el Ministerio de Justicia. En España hay 153 ducados, todos ellos con grandeza de España; y 1.349 marquesados, 922 condados, 145 vizcondados, 162 baronías y 7 señoríos.

LEY 33/2006, de 30 de octubre, sobre igualdad del hombre y la mujer en el orden de sucesión de los títulos nobiliarios.
Estatutos de la Diputación Permanente y Consejo de la Grandeza de España

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