miércoles, enero 30, 2008

Ceremonial de rendición de honores

Vía Protocolo Digital nos encontramos con La ceremonia de rendición de honores, un post de Alfredo Rodríguez que explica perfectamente en que consiste dicha ceremonia en España.
Dice lo siguiente:
La llegada de la autoridad que presida un acto o ceremonia oficial y que tenga derecho de honores de Himno Nacional o Marcha de Infantes, se anunciará con el toque de “atención general”, en cuyo momento el personal militar adoptará la posición de firme y el personal civil asistente al acto debe permanecer en una actitud respetuosa.
Cuando corresponda Himno Nacional, éste se iniciará una vez que dicha autoridad llegue al podio o al lugar designado para recibir los honores, y se escuchará en posición de saludo por el personal militar y por el personal civil descubierto y en actitud respetuosa.
En el caso de que la autoridad tenga derecho a Marcha de Infantes, ésta se iniciará también en el momento de la llegada al podio o lugar designado, adoptando la posición de firmes el personal militar y permaneciendo en pie con una actitud respetuosa el civil.
Cuando deban interpretarse dos o más himnos nacionales porque concurran autoridades de otros países, se interpretarán siguiendo el orden alfabético de la letra inicial de cada país en el idioma castellano, correspondiendo en todos los casos al español el último lugar. En las despedidas, se interpretarán en orden inverso.
Si existen medios para el saludo al cañón, la salva de ordenanza se simultaneará con la interpretación del Himno Nacional o Marcha de Infantes, cuando corresponda.
Terminado el Himno Nacional o Marcha de Infantes se tocará una marcha militar, iniciándose la revista a la fuerza que rinda honores. Durante esta revista, permanecerán en posición de firmes, tanto las tropas que rinden honores como el personal militar que asiste al acto, permaneciendo en actitud respetuosa el personal civil.
Una vez concluido el acto oficial o la revista, y en el caso de que así se disponga, la fuerza desfilará ante la autoridad a quien haya rendido honores.
Al pasar revista a la fuerza, la personalidad que haya recibido honores será acompañada por el jefe de la indicada fuerza y por la autoridad militar de superior categoría que ejerza mando sobre la misma. En el caso de que la fuerza sea conjunta será el Jefe del Estado Mayor de la Defensa, si se encontrase presente.
Además de lo previsto en el párrafo anterior, las autoridades extranjeras serán acompañadas por la autoridad designada para recibirlas.
A las autoridades con derecho a honores, pero que no presidan el acto, se les recibirá con las tropas en posición de firmes, sin interpretación de himnos o marchas, siempre que no esté presente otra autoridad superior.
De igual forma se procederá para recibir a los presidentes de los consejos de gobierno y delegados de gobierno de comunidades autónomas, en el territorio propio de su comunidad, así como al Secretario de Estado de la Defensa y al Subsecretario de Defensa.


Recordemos que los honores en España se rinden a:
La Bandera de España.
Su Majestad El Rey y a S.M. la Reina.
Su Alteza Real el Príncipe de Asturias.
Sus Altezas Reales los Infantes de España.
Los poderes del estado definidos por la constitución, en las personas que los representen.
Las autoridades civiles y mandos militares que se determinan en este reglamento.
Las autoridades extranjeras de rango equivalente.

Estos honores tienen una gradación que se manifiesta por la posición de las armas, por la interpretación del Himno Nacional, por el número de cañonazos y por las voces de "¡Viva España!" que se realicen.

Real Decreto 834/1984, de 11 de Abril, por el que se aprueba el Reglamento de Honores Militares

No hay comentarios:

Publicar un comentario